Las cooperativas de ahorro y crédito, asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para vivienda, solicitan la autorización previa de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria para la emisión de obligaciones de largo plazo.
Persona Jurídica - Privada (Cooperativas de ahorro y crédito, asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para vivienda) que requieren contar con la autorización de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria para iniciar un proceso de emisión de obligaciones de largo plazo.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada.
Resolución de autorización para la emisión de obligaciones de largo plazo
1. Copia certificada del acta de la asamblea general de socios o representantes; o junta general de socios o representantes, según corresponda, que contenga la aprobación de la emisión, el destino de los recursos provenientes de la emisión de obligaciones y la autorización para la inscripción en el Catastro Público del Mercado de Valores y en Bolsa.
2. Modelo e informe del estructurador financiero.
3. Proyecciones de estados financieros de la entidad emisora, al menos de dos años, detallando todos los supuestos que soporten dichos escenarios y la forma en que fueron determinados.
PRESENCIAL:
VIRTUAL:
Canales de atención: Correo electrónico, Presencial.
El trámite no tiene costo
Lunes a viernes de 08h30 a 16h50 en las oficinas de todo el País.
Contacto: Dirección Nacional de Gestión de Servicios
Email: contactenos@seps.gob.ec
Teléfono: 02-3948840
Art. 194.- Operaciones. "Las entidades financieras podrán realizar las siguientes operaciones, de conformidad con la autorización que le otorgue el respectivo organismo de control: 2. Sector financiero popular y solidario: Emitir obligaciones de largo plazo y obligaciones convertibles en acciones garantizadas con sus activos y patrimonio; estas obligaciones se regirán por lo dispuesto en la Ley de Mercado de Valores."
La presente resolución tiene por objeto establecer los requerimientos mínimos que las cooperativas de ahorro y crédito y las asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda, que deben cumplir para obtener de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria la resolución aprobatoria para la emisión de obligaciones o el criterio positivo para la titularización.
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
---|---|---|---|
1 | 2021-01 | 0 | 0 |
2 | 2021-02 | 0 | 0 |
3 | 2021-03 | 0 | 0 |
4 | 2021-04 | 0 | 0 |
5 | 2021-05 | 0 | 0 |
6 | 2020-01 | 0 | 0 |
7 | 2020-02 | 0 | 0 |
8 | 2020-03 | 0 | 0 |
9 | 2020-04 | 0 | 0 |
10 | 2020-05 | 0 | 0 |
11 | 2020-06 | 0 | 5 |
12 | 2020-07 | 0 | 0 |
13 | 2020-08 | 0 | 0 |
14 | 2020-09 | 0 | 0 |
15 | 2020-10 | 0 | 0 |
16 | 2020-11 | 0 | 0 |
17 | 2020-12 | 0 | 0 |
18 | 2019-11 | 0 | 0 |
19 | 2019-12 | 0 | 0 |
Fecha de última actualización: 2020/12/15